top of page
8.png

1.

Incentivo o descuento del 10% para quienes paguen oportunamente la factura de servicios públicos en abril. 

3.

Municipios deben asegurar el agua potable. Inclusive con carro tanques u otros. Criterios: i) Garantizar consumo básico; ii) calidad; iii) evitar aglomeraciones. - Se podrá destinar recursos del Sistema General de Participaciones para agua Potable y Saneamiento Básico -APSB- y para financiar medios alternos de provisión de agua. Durante la pandemia no se pueden actualizar tarifas del acueducto. (Decreto 441 del 20 de marzo de 2020 – Presidencia-).

5.

Se declaran servicios públicos esenciales: radio, televisión, postales y por tanto no se suspenderá su prestación de servicios. Tampoco se suspenderá la instalación de redes de tales servicios. - Las empresas de telecomunicaciones aplicará lo siguiente: i) otorgar 30 días adicionales al término pactado para que pague, otorgando 0,5 GB al mes. Si no paga, mantendrá unos servicios mínimos de comunicación como 200 SMS, recepción de estos, navegación gratuita a 20 sitios URL. (Decreto 464 de 23 de marzo de 2020)

7.

Se priorizarán por el comercio electrónico los envíos de alimentos, bebidas, productos y bienes de primera necesidad. (Decreto 464 de 23 de marzo de 2020)

9.

 Durante periodo de declaratoria de emergencia y los dos meses siguientes queda prohibido el desalojo de familias que vivan en arriendo. 

11.

Se suspende el cobro de intereses moratorios o penalidades por incumplimiento de contratos de arrendamiento de vivienda o de locales de micro, pequeñas y medianas empresas. 

2.

Periodo de gracia en los créditos del FNA

Los hogares con créditos hipotecarios con el FNA van a poder negociar un periodo de gracia para sus pagos de 1, 2 o hasta 6 meses, sin modificaciones en las condiciones del crédito. Esta medida *beneficia a 2,3 millones* de clientes, de los cuales el 75% son estratos 1 y 2

4.

Reconexión gratuita del servicio de acueducto para aquellas familias que tengan el servicio suspendido por falta de pago. La meta del gobierno es beneficiar a cerca de 200 mil hogares en todo el territorio nacional en menos de 15 días. A tan solo 7 días de haber expedido el Decreto ya llevamos 125.000 hogares reconectados.

6.

Los operadores no pueden, en ninguna circunstancia, incrementar las tarifas por aumentos en el nivel de precios, por incrementos en los costos operativos o por cualquier otro motivo. La tarifa únicamente estará determinada por el consumo que realicen los hogares.

8.

Se podrá suspender el pago de los servicios de acueducto, alcantarillado, aseo y energía eléctrica durante un mes para las familias de los estratos 1 y 2, las instituciones educativas, hospitales y establecimientos carcelarios que no puedan pagar sus obligaciones. El consumo facturado en ese mes se diferirá (sin el cobro de intereses) hasta por 36 meses más.

10.

 Se congelan los cánones de arrendamiento durante el periodo de emergencia y hasta dos meses siguientes, para viviendas y locales arrendados por micro, pequeñas y medianas empresas. 

12.

Los contratos de arrendamiento de vivienda y de micro, pequeñas y medianas empresas que finalicen durante periodo de emergencia, automáticamente serán prorrogados hasta que esta finalice, salvo que exista acuerdo entre las partes.

bottom of page